viernes, 26 de agosto de 2011

LA CULTURA Y EL CURRICULO

PRIMERA INFANCIA Y CULTURA CIUDADANA

http://www.elpais.com.co/elpais/valle/noticias/compartir-gratas-vivencias-con-otros-docentes-del-pais

FUNDAMENTO LEGAL

Currículo y plan de estudios 
Artículo 76º.- Concepto de currículo. Currículo es el conjunto de criterios, planes de estudios, programas, metodología, y procesos que contribuyen a la formación integral y a LA CONSTRUCCIÓN DE LA IDENTIDAD CULTURAL NACIONAL, REGIONAL Y LOCAL, incluyendo también los recursos humanos, académicos y físicos para poner en práctica las políticas y llevar a cabo el proyecto educativo institucional. Ver Artículo 33 Decreto Nacional 1860 de 1994 (Resolución 2343 de 1996. Ministerio de Educación Nacional).
Ley 115 de 1994 art 5   numeral 6  FINES  DE LA EDUCACION COLOMBIANA
4. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la CULTURA nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios.
1.      EL ESTUDIO Y LA COMPRENSIÓN CRÍTICA DE LA CULTURA NACIONAL Y DE LA DIVERSIDAD ÉTNICA Y CULTURAL DEL PAÍS, COMO FUNDAMENTO DE LA UNIDAD NACIONAL Y DE SU IDENTIDAD.

h) Fomentar el interés y el respecto por la identidad CULTURAL de los grupos étnicos. Ver Artículo 47 presente Ley.

Decreto de preescolar 2247 de 1997

CAPITULO II
Orientaciones curriculares
Artículo 11. Son principios de la educación preescolar:

c) Lúdica; Reconoce el juego como dinamizador de la vida del educando mediante el cual construye
conocimientos, se encuentra consigo mismo, con el mundo físico y social, desarrolla iniciativas propias, comparte
sus intereses, desarrolla habilidades de comunicación, construye y se apropia de normas. Así mismo, reconoce
que el gozo, el entusiasmo, el placer de crear, recrear y de generar significados, afectos, visiones de futuro y
nuevas formas de acción y convivencia, deben constituir el centro de toda acción realizada por y para el educando,
en sus entornos familiar, natural, social, étnico, CULTURAL y escolar.

CAPITULO II
Orientaciones curriculares
Artículo 11. Son principios de la educación preescolar:
a) Integralidad Reconoce el trabajo pedagógico integral y considera al educando como ser único y social en
interdependencia y reciprocidad permanente con su entorno familiar, natural, social, étnico y CULTURAL;

Artículo 13. Para la organización y desarrollo de sus actividades y de los proyectos lúdico-pedagógicos, las
instituciones educativas deberán atender las siguientes directrices:
1. La identificación y el reconocimiento de la curiosidad, las inquietudes, las motivaciones, los saberes,
experiencias y talentos que el educando posee, producto de su interacción con sus entornos natural, familiar,
social, étnico, y CULTURAL, como base para la construcción de conocimientos, valores, actitudes y comportamientos

8. La adecuación de espacios locativos, acordes con las necesidades físicas y psicológicas de los educandos, los
requerimientos de las estrategias pedagógicas propuestas, el contexto geográfico y la diversidad étnica y CULTURAL.
9. La utilización de los espacios comunitarios, familiares, sociales, naturales y CULTURALes como ambientes de
aprendizajes y desarrollo biológico, psicológico y social del educando.



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